Canal de denuncias
Para avisar de algo grave que pasa en Comeo o alrededor de Comeo. No hace falta tener cuenta, ni dar un correo, ni dar un nombre. Al enviarlo recibes un código, y con ese código vuelves aquí a leer la respuesta.
Un formulario, sin cuenta y sin correo.
Para leer la respuesta o escribir otra vez.
Qué se puede contar aquí
Sí, esto es el sitio
Horas trabajadas que no se apuntan o no se pagan, un alta que no se hace.
Dinero que se cobra y no se declara, una factura falsa, un soborno.
Comida servida fuera de las temperaturas de la ley, o un alérgeno negado en falso.
Datos personales de clientes o de repartidores usados o enseñados donde no toca.
Un vehículo sin seguro puesto a repartir, o trabajar sin la protección que toca.
Acoso, de cualquier clase. Y una represalia por haber avisado antes.
No, esto se resuelve antes y mejor por otro sitio
Un pedido que llegó tarde, frío o incompleto: una reclamación normal, desde la app.
Una prima mal calculada, un turno que no cuadra, una duda de nómina: el chat con la oficina.
Algo urgente —alguien herido, una agresión—: el 112, y después el botón de seguridad de la app.
Un aviso de esta segunda lista no se tira: se contesta diciendo por dónde se resuelve, y se cierra con ese motivo escrito. El motivo lo lees tú.
Quién puede usarlo
Mucha más gente que la plantilla. Quien trabaja o trabajó en Comeo por cuenta ajena; quien se presentó a un puesto o aún no ha empezado; autónomos y colaboradores; socios y administradores; becarios, personas en formación y voluntarios; quien trabaja para los restaurantes, los proveedores y las otras flotas de reparto; y cualquier cliente que vea algo de la lista de arriba. Cerrarle la puerta a alguien no tendría ningún sentido.
Qué significa «anónimo» en una empresa de este tamaño
La ley obliga a admitir avisos anónimos, y aquí se admiten. Pero «anónimo» no significa lo mismo en una empresa de tres personas que en una de tres mil, y eso se cuenta antes de que escribas, no después.
Lo que hacemos
No guardamos cuenta ni contacto en un aviso anónimo, aunque lo envíes con la sesión abierta. La regla está en la base de datos, no en esta pantalla: ninguna versión de ninguna app puede saltársela.
No guardamos tu dirección IP, ni el aparato, ni el navegador. No existe ninguna columna para eso.
La hora va redondeada a la hora en punto. «Entró a las 23:41» más el cuadrante de turnos es una firma; «a las 23:00» no lo es. Los plazos se cuentan desde ahí, así que el redondeo juega a tu favor.
El número de expediente es aleatorio y no un número de orden: «el tercero» diría demasiado.
No se pueden adjuntar ficheros, y es a propósito. Una foto lleva dentro la hora, el modelo del teléfono y muchas veces las coordenadas de donde se hizo. Ofrecer anonimato y pedir una foto sería entregarte un GPS.
Los límites, dichos claro
Lo que cuentes puede delatarte
Un hecho que solo presenciaron dos personas señala a esas dos personas por mucho que el aviso no lleve nombre. Esto no lo arregla ninguna tecnología: piénsalo antes de escribir.
El idioma de la respuesta
Pedir que te contestemos en un idioma que en la empresa habla una sola persona es decir quién eres. Puedes elegirlo igualmente: es tu decisión, y ahora la tomas sabiéndolo.
Los registros técnicos de los proveedores
Dos empresas de fuera ven la dirección IP de tu envío y la hora exacta, y las guardan en sus registros unos días: la que aloja esta web y la que aloja la base de datos. Comeo no guarda ninguna de las dos cosas en el expediente, y el redondeo de la hora es real ahí; pero mientras esos registros vivan, el administrador de Comeo puede consultar el de la web. No podemos impedir que existan y no vamos a decir lo contrario. Un aviso enviado desde esta página con los datos del móvil es bastante más anónimo que uno enviado desde la wifi del trabajo o desde la app con la sesión abierta.
Y el grande: Comeo es una persona, y esa persona tiene la base de datos
El administrador único puede técnicamente leer cualquier expediente, incluido uno que le señale a él. Ninguna regla de la base de datos puede impedírselo y esta página no finge lo contrario. Lo que hay: una casilla para decir que el aviso señala a la dirección —queda marcado y así consta, y lo instruye la persona de confianza externa en cuanto haya una designada; mientras no la haya, marcarlo no se lo quita al administrador, y la propia casilla lo dice— y, sobre todo, las vías de fuera de más abajo, que no pasan por Comeo. Si no te fías de una promesa, y es razonable no fiarse, usa esas, que llevan su dirección al lado. Nadie está obligado a pasar por aquí primero.
Qué pasa después, y cuándo
Recibimos el aviso y queda registrado con su código y sus dos fechas.
Te acusamos recibo en un plazo de 7 días. Cuentan los días de calendario, también el sábado y el domingo. Lo lees con tu código.
Decimos si se admite a trámite o no, y por qué. Siempre por escrito.
Contestamos en 3 meses como máximo, ampliables otros 3 meses en los casos complejos, diciendo por qué se amplía. 6 meses es el tope absoluto y no se puede pasar ni queriendo.
Si lo que cuentas es acoso, los plazos son más cortos: te acusamos recibo en 48 horas y contestamos en 30 días. No hay que pedirlo ni escribirlo: basta con elegir «Acoso» en el formulario, y las dos fechas que te daremos al enviarlo ya serán esas.
Si pides una reunión en persona, se celebra dentro de los 7 días siguientes. No se graba ninguna conversación: lo que se diga se pone por escrito y te lo entregamos para que lo compruebes.
Tres meses después de cerrar el expediente, el relato, el contacto si lo hubo y los mensajes se borran solos. Queda la ficha del libro-registro que la ley obliga a llevar —el código, las fechas, la categoría, el resultado y un resumen sin nombres— durante diez años. Si hay un procedimiento judicial o administrativo abierto, no se borra nada mientras esté abierto.
No puede pasarte nada por avisar
Está prohibido tomar cualquier represalia contra quien avisa: despedir, no renovar, bajar el sueldo, quitar turnos, cambiar las tareas, aislar a alguien o tratarlo distinto. Si pasa, entra por este mismo canal marcándolo como represalia y se instruye con los mismos plazos. Y Comeo no pondrá en ningún contrato una cláusula que limite el derecho a informar: una cláusula así es nula.
Quién lo va a leer
Administrador único
Para avisar por correo o pedir una reunión: contacto@comeo.es
La persona de confianza externa que instruiría un aviso que señala a la dirección todavía no está designada. Se designa antes de la primera contratación. Hasta entonces, para esos casos, las vías de fuera de arriba son la vía honesta.
Las vías de fuera, y no son el último recurso
Nadie está obligado a avisar aquí antes de ir fuera, y usar una de estas directamente es perfectamente legítimo. No se le reprochará a nadie.
Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
El canal externo del Estado para todo lo de esta página. Admite avisos anónimos y no hace falta pasar antes por Comeo.
Por internet: www.proteccioninformante.gob.es
Por correo: C/ Luis Cabrera 9, 28002 Madrid
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en lo laboral y de prevención de riesgos.
La Agencia Española de Protección de Datos, en datos personales.
La Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, en lo suyo.
Las autoridades de consumo y de salud pública de la Generalitat Valenciana.
El Ministerio Fiscal y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, si puede ser delito.
Las instituciones de la Unión Europea, en lo que les corresponde.
Todo esto está escrito en detalle, con los artículos de la Ley 2/2023 que lo obligan, en el documento del canal interno de denuncias de COMEALO, S.L.